Por: Redacción Presencia
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EL CAPITOLIO- El presidente de la Comisión Cameral de Seguridad Pública y para el Desarrollo de Iniciativas Contra el Crimen y la Corrupción, José Báez Rivera, informó que iniciaron las vistas públicas en torno al Proyecto de la Cámara 1805 que busca restituir el mandato constitucional de rehabilitación para confinados.
“La reinstalación de un adecuado proceso de rehabilitación puede servir tanto para desarrollar ciudadanos productivos que ayuden a incrementar la fuerza laboral del País, así como para aminorar la conducta criminal y proveer otras alternativas a la delincuencia”, expresó el Representante en un comunicado de prensa.
Báez Rivera detalló que dicho mandato fue legislado en el 2004 mediante la “Ley del Mandato Constitucional de Rehabilitación” (Ley 377) y derogado por el Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación en el 2011.
Según el legislador, la medida de su autoría, rescata el espíritu y propósito contemplado en la Ley 377, redactada y aprobada por su padre, el exsenador Eudaldo Báez Galib. Indicó que la legislación dispone implementar un tratamiento que propenda la rehabilitación moral y social de los reos a tono con la crisis fiscal y social que enfrenta el País.
“…Se hace imperativo restablecer lo que en el 2004, gracias a una medida de mi padre, se había convertido en mandato constitucional. Como muy bien ha señalado el exsenador Báez Galib en su deposición ante esta Comisión: no existe un solo motivo que sostenga la derogación de lo que fue la ley 377 de 2004. No queremos pensar que hayan sido motivos puramente partidistas los que ocasionaron la derogación de una ley de avanzada, que protegía y aseguraba el derecho a la rehabilitación de los confinados y su inserción a la sociedad”, añadió haciendo clara alusión a que la ley fue derogada bajo la administración de Luis Fortuño en el 2011.
Por otro lado, Báez Rivera dijo que Báez Galib, quien compareció a la vista, señaló que se trata de una controversia de principios básicos que dan vida al ordenamiento penal, “castigo” versus “rehabilitación” y la percepción del pueblo sobre si es posible la rehabilitación de un confinado y la realidad de ello.
Entretanto, trascendió que existen estudios realizados por la Comisión de Derechos Civiles y el Colegio de Abogados respecto a la rehabilitación de presidiarios.
Al mismo tiempo, se informó que la Comisión atendió la Resolución de la Cámara 758, del representante Nelson Torres Yordán, que ordena se investigue la implementación de la Ley Número 174-2011, que creó la certificación de rehabilitación y capacitación de trabajo a todo exconfinado que recién haya cumplido su sentencia. Esta ley faculta a la Policía de Puerto Rico y al Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) a expedir un certificado de esta índole si se cumple con la misma.
El legislador indicó que la abogada del DCR, Laura Otero, amplió que el confinado que cumpla con los requisitos de elegibilidad, se toma en consideración el informe de ajuste y progreso preparado por un técnico de servicios socio-penales, con la información correspondiente. A su vez, indicó que desde el 2011 se han presentado unas 22 solicitudes, de las cuales solo dos reunieron los requisitos establecidos por Reglamento.
Por otro lado, dijo que la asesora legal de la Policía de Puerto Rico, Estrella Mar Vega, aclaró que es Corrección la agencia llamada en ley a reglamentar y expedir dicho certificado y, por lo tanto, la que puede ofrecer datos al respecto.